Blogia
Emprender no es tarea fácil

Forma jurídica, ¿AUTÓNOMO o SOCIEDAD?

Forma jurídica, ¿AUTÓNOMO o SOCIEDAD?

* En este link encontrarás toda la información referente a cada una de las formas jurídicas, sus ventajas y desventajas y las obligaciones que adquieres con cada una.

En esta tabla se muestran las formas jurídicas con las que se puede iniciar una actividad y sus aspectos fundamentales. Lo normal es empezar empleando una de estas 3:

- Empresario individual (autónomo)

- Sociedad de responsabilidad limitada

- Sociedad limitada nueva empresa (el nombre de uno de los socios debe aparecer en la denominación social de la empresa)

Hay que tener claras 2 cosas:

- Si creas una sociedad y vas a ser el administrador de la misma, tendrás que darte de alta igualmente como empresario individual.

- La responsabilidad como sociedad está limitada al capital aportado, pero tendrás mayores obligaciones (cuentas, etc.) y un mayor número de pasos a dar para crearla.

La forma de Sociedad Limitada Nueva Empresa se creó con la intención de agilizar el proceso para abrir el negocio (en 24-48 horas puedes iniciar la actividad). Además de la rapidez en su creación, tiene algunas ventajas fiscales durante el primer año desde su creación.

0 comentarios